subvenciones publicas
11.000 millones € en ayudas directas a Empresas y Autónomos
en respuesta a la pandemia de la COVID-19

Esta ayuda pública directa para empresas y autónomos contempla la apertura de un fondo público dotado con 7.000 millones de euros para ayudas a empresas que van a gestionar las Comunidades Autónomas. Y otro fondo de 4.000 millones de euros para reducir el endeudamiento de las empresas que se tramitará junto con las entidades de crédito con las que hayamos escriturado una línea COVID.

OBJETO DE LA AYUDA

Esta Convocatoria de ayuda directa pretende apoyar a Empresas y Autónomos (empresarios y profesionales) destinando una inversión pública de hasta 11.000 millones de euros.

Esta ayuda pública se canaliza en torno a tres Líneas de ayudas:

  1. Línea Covid de ayudas directas a autónomos y empresas, dotada con 7.000 millones de euros.
  2. Línea para la reestructuración de deuda financiera Covid, dotada con 3.000 millones de euros.
  3. Fondo de recapitalización de empresas afectadas por Covid, dotada con 1.000 millones de euros.

Línea Covid de ayudas directas a autónomos y empresas.

BENEFICIARIOS

Serán las Comunidades Autónomas las beneficiarias quienes a través de Convocatorias de ayudas públicas concederán éstas a Empresas y Autónomos. Quienes a su vez deberán cumplir los siguientes requisitos de elegibilidad:

  • Los empresarios o profesionales y empresas adscritas a los sectores definidos en el Anexo I, y cuyo volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración, en el Impuesto sobre el Valor Añadido o tributo indirecto equivalente en 2020 haya caído más de un 30% con respecto a 2019.

CONDICIONES DE LAS AYUDAS

Estas ayudas deberán aplicarse a la satisfacción de la deuda y pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos, siempre y cuando éstos se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021.

INTENSIDADES EN AYUDAS

  1. Hasta 000 euros cuando se trate de empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  2. Para aquellos empresarios y profesionales cuyo volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración, en el Impuesto sobre el Valor Añadido o tributo indirecto equivalente, haya caído más del 30 % en el año 2020 respecto al año 2019, la ayuda máxima que se concederá será del:
  3. El 40 % de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere dicho 30 %, en el caso de empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación directa en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, así como las entidades y establecimientos permanentes que tengan un máximo de 10 empleados.
  4. El 20 % del importe de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere dicho 30%, en el caso de entidades y empresarios o profesionales y establecimientos permanentes que tengan más de 10 empleados.

Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados b) i y b) ii anteriores, la ayuda no podrá ser inferior a 4.000 euros ni superior a 200.000 euros.

Fondo de recapitalización de empresas afectadas por Covid.

BENEFICIARIOS

Empresas y autónomos que hayan suscrito operaciones de financiación con aval público y que se hubieran concedido por  entidades de crédito o por cualquier otra entidad supervisada por el Banco de España.

Las operaciones de financiación se han debido de efectuar entre el 17 de marzo de 2020 y 15 de marzo de 2021.

MEDIDAS DE APOYO A LA SOLVENCIA

  1. Extensión de los plazos de vencimiento de las operaciones de financiación.
  2. Mantenimiento del aval público en caso de la conversión de las operaciones del principal pendiente en operaciones de financiación.
  3. Medidas para la reducción de su endeudamiento.

El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital podrá realizar transferencias a las empresas y autónomos que cumplan con los requisitos establecidos por el Código de Buenas Prácticas (lo deberá solicitar la entidad de crédito) con la finalidad de reducir el principal de la deuda.

Hay que tramitarlo con la entidad bancaria con la que tengamos la deuda. 

  1. Creación de la «Línea para la reestructuración de deuda financiera Covid».

Se crea una línea de ayuda dotada con 3.000 millones de euros para atender los gastos derivados del punto c).

Línea para la reestructuración de deuda financiera Covid o de recapitalización de empresas.

BENEFICIARIOS

Empresas

MEDIDAS DE APOYO A LA REESTRUCTURACIÓN DE LA DEUDA

Este fondo pretende apoyar a empresas que atraviesan dificultades temporales a consecuencia de la pandemia de la COVID-19. Para ello, el fondo pretende reforzar la sostenibilidad de las empresas a través de instrumentos de deuda, de capital o híbridos de capital.

Este fondo lo gestiona la empresa estatal Compañía Española de Financiación del Desarrollo, COFIDES, S.A. y está dotado con 1.000 millones de euros.

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