Subvención a pequeñas empresas de base tecnológica para proyecto de I+D (NEOTEC)
NeotecSubvención a Pequeñas Empresas: Proyectos de 
Base Tecnológica (NEOTEC)

El 15 de abril 2020 se abre la convocatoria nacional denominada NEOTEC por el CDTi y dirigida a la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología. Cada proyecto debe tener un presupuesto mínimo de 175.000 € y una duración máxima de 2 años. La convocatoria subvención hasta el 70% (máx. 250.000€) del presupuesto total y es posible imputar todo tipo de gasto.

El objetivo del programa NEOTEC es fomentar la tecnología y la innovación como factores competitivos para el desarrollo de las empresas. La convocatoria financiará nuevos proyectos empresariales procedentes de pequeñas empresas innovadoras que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología propia.

 

Beneficiarios

Deberán ser pequeñas empresas que tengan la consideración de empresas innovadoras, tal y como se indica en la Orden de Bases.

Además, deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. No deberán estar cotizadas.
  2. Deberán estar constituidas como máximo en los tres años anteriores a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de ayuda a la presente convocatoria, a contar desde la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución de la empresa. 
  3. No deberán haber distribuido beneficios. 
  4. No deberán haber surgido de una operación societaria de las contempladas en la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.
  5. Deberán contar con un capital social mínimo, o capital social más prima de emisión o asunción, de 20.000 euros, desembolsado íntegramente, e inscrito totalmente en el registro correspondiente antes de la presentación de la solicitud.
  6. Deberán tener las cuentas anuales correspondientes a los dos últimos ejercicios, en su caso, depositadas en el Registro Mercantil o registro oficial correspondiente.

Para más información consultar la convocatoria.

Criterios de evaluación

Los criterios de evaluación, tal y como se indica en la convocatoria, son:

CriterioPuntuaciónUmbral
1. Valoración del plan de explotación comercial del proyecto. Se valorará el modelo de negocio, la previsión de generación de ingresos, el mercado potencial, las barreras de entrada al mercado, la competencia y las ventajas del producto/proceso/servicio.0 – 3015
2. Valoración de la tecnología e innovación del proyecto. Se valorará la tecnología propuesta, la necesidad tecnológica y su valor diferencial, la innovación y el reto técnico. Así mismo, se analizará el plan de gestión de la propiedad intelectual e industrial. También se tendrán en cuenta la calidad y claridad de la presentación de la propuesta.0 – 3521
3. Capacidad de gestión del equipo emprendedor involucrado en el desarrollo empresarial. Se valorarán la competencia y la formación y experiencia profesional previas en relación al proyecto. También se tendrá en cuenta el grado de compromiso y la dedicación del equipo técnico y gestor con el proyecto empresarial y la capacidad de relación. También se valorará la vinculación del equipo con redes y entornos de apoyo al emprendimiento.0 – 3015
4. Valoración del impacto socioeconómico y medio ambiental. Se valorará la creación de empleo prevista en el plan de negocio, las inversiones privadas movilizadas y las medidas orientadas a la igualdad de género, a la inclusión social y la sostenibilidad.0 – 5NA

En el caso de que las propuestas no alcancen el umbral exigido en el criterio 2 » Valoración de la tecnología e innovación del proyecto» se desestimarán sin evaluar el resto de criterios.

Normativa aplicable

Pendiente de la Convocatoria