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Subvenciones Empresas: como aplica el Régimen de Mínimis en las Subvenciones.

El Régimen de Mínimis es una norma dictada por la CE.  Esta fija el umbral absoluto de las ayudas económicas que los Estados miembros pueden conceder a sus empresas. Es decir, limita la cantidad máxima de subvención que podemos recibir.

Toda ayuda pública debe hacer mención,  en sus ordenes de base, que ésta está sujete a minimis o no, de lo contraria esta norma no la tendríamos en cuenta.

La cantidad máxima que podemos recibir es de 200.000 €. Esta cantidad límite se obtiene de la suma de las subvenciones que hemos recibido en los tres ejercicios fiscales. Anteriores a la concesión de dicha ayuda (se incluye el ejercicio en el que se recibe la ayuda).

Pero, cómo se calcula la cantidad de subvención que debemos tener en cuenta para no pasarnos de esos 200.000 € que nos impone la norma?

La palabra clave aquí es “subvención”, es decir, sabemos que una ayuda pública puede venir dada de muchas formas. Estas son: préstamo, tramo no reembolsable, subvención, reducción puntos intereses, desgravaciones, etc. Pues bien, el cálculo de masa monetaria que nos pide la norma es que tengamos en cuenta la que corresponde al tramo que no hay que devolver de la ayuda pública, es decir, a:

  • Subvención y/o,
  • Diferencia porcentual de los intereses del préstamo que corresponde a la ayuda que hemos recibido vs. al préstamo que hubiéramos recibido éste de una entidad bancaria.

Vamos a verlo con un EJEMPLO:

Supongamos que en nuestra comunidad autónoma se convoca una línea de ayuda para empresas (año 2013). Ésta financia, con ayuda pública, inversiones en adquisición de activos, investigación, desarrollo  y colaboraciones externas, y que esta ayuda está sujeta al régimen de minimis.

Nuestra empresa declara un presupuesto para la ejecución de un proyecto de “Desarrollo Industrial” valorado en 250.000 €.

Supongamos ahora que recibimos ayuda pública, de la siguiente forma:

  • Préstamo: 40% del presupuesto a interés 1% anual a devolver en 5 años.
  • Subvención: 10% del presupuesto (ó tramo no reembolsable).

La masa monetaria a tener en cuenta y que será la que nos van a computar (Agencia Tributaria) bajo el régimen de mínimis es:

Préstamo

 (5% – 1%)*40%*250.000 € = 4.000 €

(El 5% corresponde al interés que deberíamos haber pagado a una entidad bancaria en concepto de intereses si el dinero lo hubiéramos solicitado al banco y no a la ayuda pública).

Subvención

 10%*250.000 € = 25.000 €

En total, debemos tener en cuenta que tenemos 29.000 € que deberá ser contabilizado como ayuda en mínimis y, sumado a otras cantidades en ayudas públicas (bajo régimen de mínimis) que hayamos recibido no deberá sumar 200.000 € en los tres ejercicios fiscales anteriores (2013-2012-2011)

Esta norma minimis fue introducida por una Comunicación de 1996, que se estableció por el Reglamento (CE) n° 69/2001.

Actualmente el nuevo reglamento de minimis se inscribe en el marco del Plan de acción en el ámbito de las ayudas estatales de la Comisión. Y completa las Directrices sobre el capital de riesgo y el Marco comunitario sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo e innovación.

Estas ayudas se regulan por las siguientes normas:

  • Reglamento (CE) nº 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre, relativo a la aplicación de los art. 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de minimis. Publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea n° L 379, de 28 de diciembre de 2006.

Una ayuda pública percibida por una entidad solicitante, bien sea una pyme, universidad, centro de investigación, etc, y concedida por un organismo público pude venir en forma de:

  • Subvención o,
  • Préstamo o,
  • Deducción intereses del préstamo que solicitamos a una entidad bancaria

23 comentarios en «Subvenciones Empresas: como aplica el Régimen de Mínimis en las Subvenciones.»

  1. Buenos días.
    Quería plantearles una consulta:
    Las líneas CESCE-Covid-19 y CESCE-Covid II que se han puesto en marcha para la cobertura, por cuenta del Estado, de programas de financiación de circulante para empresas afectadas por los efectos de la pandemia del COVID-19, ¿están sujetas al régimen de mínimis?
    Muchas gracias.

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    • Buenos días, estas coberturas que ofrece CESCE no están sujetas al régimen de mínimis.
      Recordemos que el régimen de minimis tiene un techo maximo de subvención pública percibida por la empresa de 200.000€ sumando los dos ejercicios fiscales anteriores.

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    • Las Líneas ICO enmarcadas dentro de las llamadas COVID-19 todas están dentro del Régimen de Minimis hasta 1.5 millones €.

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    • El RD5/2021 es una ley que de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.
      A partir de esta ley cada Administración regularás una serie de Convocatorias de Ayudas Públicas, y será en estas convocatorias donde se especificará si está dentro del régimen a Minimis o no.

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  2. Una subvención nominativa y con cargo a una partida presupuestaria especifica de los PGE SE DEBE TENER EN CUENTA PARA EL TOPE DE 200.000 €? O por ser directa y presupuestada, no se computaría?
    Gracias

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    • Si esa Convocatoria establece que la ayuda, nominativa o no, está dentro del régimen de Minimis, el receptor de la ayuda debe tener en cuenta que no puede superar en los tres ejercicios fiscales a la concesión de la ayuda los 200.000€ en subvención pública.

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  3. Si se otorgó una subvencion en 2018, y se pagó en 2019. Que ejercicio fiscal debo tener en cuenta para calcular los dos ejercicios anteriores a 2021?

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    • Debes tener en cuenta la fecha de concesión de la ayuda publica para el régimen de Minimis, es de decir, el año 2018.

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  4. Buenas tardes, ¿en las ayudas o subvenciones en régimen de mínimis se ha de auditar la justificación de los gastos por un auditor?

    Muchas gracias por su respuesta.

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    • Buenas tardes, no tiene nada que ver que una línea de ayuda pública compute dentro del régimen de mínimis con que el gasto tenga que ser auditado posteriormente por un auditor. Es decir, hay líneas de ayuda que no están «dentro» del régimen de míninis y deben ser auditadas, por ejemplo, las del CDTi.

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  5. Buenos días,

    Las ayudas concedidas en el plan resistir plus de la gva por importe de 200.000€ son minimis?
    Las ayudas recibidas por los Ayuntamientos inferiores a 200.000€ son minimis?

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    • Buenas tardes,
      Si una ayuda publica concedida por una Administración pública se enmarca dentro del régimen de mínimis, la propia documentación oficial (Convocatoria) deberá informar de ello. En caso de que no se mencione que la documentación de la ayuda, esta no estará sujeta a minimis.
      Respecto a la segunda pregunta, no tiene nada que ver que el importe de ayuda que se conceda a una empresa, por ejemplo, sea mayor o menor de 200K.
      Los 200K a lo que se refiere Ud. es la cantidad monetaria de subvención (ayuda no reembolsable) que un solicitante tiene como «cupo» máximo a percibir, sumados los tres ejercicios fiscales anteriores a la recepción de la última ayuda publica percibida.

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    • En cuanto obtengas la resolución definitiva de una ayuda publica, independientemente de si os han hecho la transferencia correspondiente, para tu contabilidad la tienes que contabilizar, y contabilizarla dentro del régimen de mínimis.

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  6. Buenos días,

    Si varias empresas que forman parte de un grupo empresarial piden subvenciones de manera individual, ¿aplicaría régimen de mínimis a nivel de grupo? Es decir todas esas subvenciones individuales no deberían sobrepasar los 200.000 €, ¿es así?

    Muchas gracias de antemano por su respuesta.

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    • Correcto, aplica el régimen de minimis a todas las sociedades del grupo, pero como cada caso en único, les recomiendo que se lean el Reglamento (UE) Nº 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013. Articulo 2, apartado 2.

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  7. Buenas tardes,
    Aplica el régimen minimis a empresas exportadoras?
    donde puedo ver cómo ser regulan los sectores a los que no aplica?
    gracias

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  8. Si una subvención concedida en 2023, cubre gastos para 2023 y 2024, en el cálculo de mínimis, se debe prorratear el valor de la ayuda en las dos anualidades?

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    • El regimen de minimis se aplica en la empresa en el año fiscal en el que la Administracion lo concede, indistintamente al numero de años que dure el proyecto.

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